¿Recibió un aviso N12?
Un N12 dice que el propietario, un comprador, un familiar cercano de ellos o un cuidador planea mudarse a su vivienda. No es un desalojo. Si usted se queda, su propietario debe presentar una solicitud ante la Junta de Propietarios e Inquilinos y demostrar que su intención es real.
Revise su aviso →Quién puede mudarse
- El propietario, su cónyuge, un hijo o hija o el padre o la madre de cualquiera de ellos, o una persona que cuida a uno de ellos. El propietario tiene que ser una persona, no una empresa, y quien se muda debe planear vivir allí por al menos un año.
- Un comprador que firmó un acuerdo para comprar la vivienda, o su cónyuge, un hijo o hija o el padre o la madre de cualquiera de ellos, o su cuidador. Esto solo se permite en edificios de 3 unidades o menos, o en una unidad de condominio.
Revise la fecha
La fecha del aviso debe ser al menos 60 días después de que usted lo recibió, y debe ser el último día de un período de alquiler, como el fin de un mes. Si tiene un contrato por un plazo fijo, no puede ser antes de que termine el contrato. Puede irse antes si quiere, dándole a su propietario un aviso por escrito de al menos 10 días.
Es posible que le deban un mes de renta
Normalmente su propietario debe pagarle un mes de renta, u ofrecerle otra vivienda que usted acepte, a más tardar en la fecha del aviso. Si el N12 se entregó el 21 de septiembre de 2026 o después y la fecha que aparece en él es al menos 120 días después de que usted lo recibió, no tiene que hacerlo. Esa excepción no se aplica cuando se muda un comprador. Si su propietario debe ese pago y no lo ha hecho, la Junta no puede ordenar que usted se vaya.
Si nadie se muda
Si usted se va y la persona para quien era el aviso no se muda, puede presentar una solicitud ante la Junta con el formulario T5 y podría recibir dinero. Presente la solicitud dentro de un año después de irse.
En las solicitudes T5 presentadas el 21 de septiembre de 2026 o después, si la persona para quien era el aviso (el propietario, su familia cercana o un cuidador) no se muda dentro de los 60 días después de la fecha del aviso, o dentro de los 60 días después de que usted se fue si se fue más tarde, la Junta presumirá que el aviso no era honesto, a menos que el propietario demuestre lo contrario. Lo mismo ocurre si, entre el momento en que usted recibió el aviso y un año después de irse, el propietario anunció la vivienda en alquiler o la alquiló a otra persona, la anunció en venta, la demolió o empezó a convertirla para otro uso. Estas presunciones no se aplican cuando el aviso era para un comprador.
Si se va, fíjese si alguien realmente se muda, y guarde los anuncios que vea.
Revise su aviso →Basado en: Ley de Arrendamientos Residenciales de 2006 (Residential Tenancies Act, 2006), arts. 48, 48.1, 49, 49.1, 55.1, 57, 72 y 83; Reglamento de Ontario 240/26, art. 1; Pauta de interpretación 12 de la Junta. Fuentes: Ley de Arrendamientos Residenciales, 2006 (en inglés) · Reglamento de Ontario 240/26 (plazo establecido, en inglés) · Reglas y pautas de interpretación de la Junta (en inglés).