¿Recibió un aviso N4 por renta no pagada?
Un N4 es un aviso de su propietario que dice que usted debe renta. No es un desalojo. No tiene que irse antes de la fecha que aparece en él, y solo la Junta de Propietarios e Inquilinos puede ordenarle que se vaya.
Revise su aviso →Puede cancelarlo pagando
Si paga el monto completo del aviso, más cualquier renta que se haya vencido desde entonces, a más tardar en la fecha del aviso, el aviso queda cancelado y su propietario no puede usarlo para desalojarle.
Incluso después de esa fecha, si su propietario todavía no ha presentado una solicitud ante la Junta, pagar todo lo que debe, incluida la renta que se haya vencido desde entonces, también lo cancela. Pague de una forma que deje constancia, y pida un recibo.
Un plan de pagos no cancela el aviso. Si su propietario le envía un acuerdo de pagos de la Junta para firmar, hable primero con una clínica legal: si no hace un pago de ese tipo de acuerdo, su propietario podría conseguir una orden de desalojo sin audiencia.
Revise el aviso
- La fecha. En los avisos entregados el 21 de septiembre de 2026 o después, la fecha del aviso debe ser al menos 7 días después de que usted lo recibió. Antes, eran 14 días. Un aviso enviado por correo cuenta a partir de 5 días después de enviarse.
- El formulario. Tiene que ser el formulario N4 oficial de la Junta.
- El monto. Un N4 solo puede reclamar renta no pagada, y el monto debe ser correcto. Si también reclama cosas como cargos por pago atrasado, cargos bancarios por un pago rechazado, un depósito o facturas de servicios que usted paga por separado, es posible que el aviso no sea válido.
Si algo parece estar mal, dígaselo a una clínica legal.
Si su propietario presenta una solicitud ante la Junta
Recibirá documentos sobre una audiencia. Asista: la mayoría de las audiencias son en línea o por teléfono, y si usted no asiste, la Junta puede decidir sin usted.
- Todavía puede detener el desalojo pagando todo lo que debe, más los gastos de su propietario, como la tarifa de presentación, antes de que la Junta dicte su orden.
- En la audiencia, la Junta debe considerar si sería injusto desalojarle. Puede permitirle quedarse con un plan de pagos.
- Para plantear otros problemas en la audiencia, como reparaciones o acoso, debe darles a su propietario y a la Junta una lista escrita de los problemas y copias de sus pruebas al menos 7 días antes de la audiencia. Si su propietario presentó la solicitud el 21 de septiembre de 2026 o después, en ese mismo plazo también debe pagarle a su propietario, no a la Junta, la mitad de la renta no pagada que la solicitud reclamaba, aunque no esté de acuerdo con el monto reclamado.
- El día de la audiencia hay ayuda legal gratuita de los abogados de guardia para inquilinos (Tenant Duty Counsel).
Si ya hay una orden de desalojo
La mayoría de las órdenes por renta no pagada dicen que puede cancelarlas pagando el monto completo de la orden a más tardar en una fecha determinada. Después de esa fecha, si paga todo lo que debe, incluidos los gastos de su propietario, antes de que el sheriff cambie las cerraduras, puede presentar una moción ante la Junta para detener el desalojo. Solo puede hacerlo una vez mientras viva en esa vivienda. Lleve de inmediato una copia de la moción y del aviso de audiencia de la Junta al sheriff (Court Enforcement Office), y llame a una clínica legal.
Revise su aviso →Basado en: Ley de Arrendamientos Residenciales de 2006 (Residential Tenancies Act, 2006), arts. 37, 59, 74, 78, 82, 83, 191, 204 y 206; Reglamento de Ontario 516/06, art. 8.3; Reglas 19 y 25 de la Junta; Pautas de interpretación 7, 10 y 11 de la Junta. Fuentes: Ley de Arrendamientos Residenciales, 2006 (en inglés) · Reglamento de Ontario 516/06 (reglamento general, en inglés) · Reglas y pautas de interpretación de la Junta (en inglés).